miércoles, 4 de agosto de 2010

me secuestraron el auto en la verificacion policial

martin escribió:

hola que tal, ante todo muchas gracias a los que respondan este mensaje.
compre un senda hace casi 2 años a un compañero de trabajo( todo legal y en regla) el hizo la verif policial y al otro dia hizimos la transferencia ahora 2 años despues lo voy a vender y me retienen el auto en la verificadora policial (y casi quedo pegado hasta los dientes) porque el auto tenia el num de chasis correcto pero soldado en un chasis robado osea le pusieron las partes, motor caja etc a otro chasis y le soldaron los num en su correcto lugar. es todo lo que tenia, soy padre de 3 chicos alquilo y quede como vine al mundo. alguien me tira una soga por favor. estoy desesperado. muchas gracias y porfavor cualquier cosa que me ayude sirve.


Estimado , entiendo cual es tu situación pero no sé qué es lo que pedís .
Creo que lo que solicitás es si podés sacar tu auto ; antes que nada ¿ Quién lo retuvo : policía o gendarmería ? Y si es policía ; en qué provincia fue ?

Te voy a responder sólo las generales ; en un principio vos realizaste todos los pasos legales hace dos años ( según tus dichos ) por ende : sos poseedor de buena Fé ( art.2356 Código Civil de la Nación - en adelante CC ) , tenés título de propiedad que te da derecho a reclamar la cosa ( art 2357 CC ) , adquiriste la posesión de la cosa ( art 2377 y 2378 CC ) , ya que al no ser perito no podías saber si esa cosa estaba adulterada o no y además confiaste en su primer momento en quienes sabían y siguiendo los pasos legales correspondientes adquiriste la cosa .

Si el anterior titular la reclama ( acción de reivindicación ) vos no podés reclamar lo que pagaste por ella , pero considerando que la adquiriste a título oneroso y de buena Fé y que el propietario difícilmente la hubiera recuperado sin esa circunstancia tenés derecho a reclamar una idemnización proporcionada ( art. 2422 CC ) asimismo deben pagarte los gastos necesarios ( dineros y materiales invertidos en mejoras necesarias o útiles ( art 2427 CC ) no así los gastos para mantener la cosa en buen estado ( art 2430 CC ) y podés retener la cosa hasta que te sean dados los gastos útiles y aunque no usares éste derecho dichos gastos te son debidos ( art 2428 CC ) .

Por otro lado si usás el auto para trabajar ( si te lo sacan vulneran un derecho constitucional )y , como surge de tus dichos , lo compraste en buena fe ; no te lo pueden retener pudiendo interponer un recurso de amparo .

Tenés que buscar un buen abogado que sepa lo que hace y en el día deberían restituírtelo ; ojo estamos en feria y a veces bonaerense ya desguaza lo secuestrado mientras en el juzgado el juez ordena liberar la cosa ; por eso te digo que busques un buen letrado .
Yo te recomiendo el estudio que asesora a nuestros clientes ( www.estudioguilman.com.ar )porque confío en su profesionalismo .

Ésta es una info general , no vi los papeles , me basé en tus dichos .

Espero haberte dado algo de claridad .

Saludos

Leonardo Fortunato
www.gestordeautos.com.ar